El voto como instrumento revolucionario 2.
El voto como instrumento revolucionario 2. |
Continuando con el asunto de las elecciones o lo electoral, pero esta vez desde una visión, de qué hacer, ante esa realidad y de la construcción de una táctica enmarcada en este asunto electoral, pero teniendo en cuenta la estrategia electoral ya definida, ya que ambas - estrategia y táctica - son en sí, parte una de la otra, no trabajaban de espalda, o una en contra una de la otra.
Presentaré primero, lo que es la conformación de una comisión electoral y después la conformación de un comando de campaña electoral, recordemos que una cosa son las comisiones electorales de un movimiento, sindicato y partido político, y otra cosa es la conformación de un comando de campaña electoral.
Ciertamente, algunos elementos o asuntos de una comisión electoral nacional y un comando de campaña electoral son parecidas, y tienen casi los mismos objetivos, propósitos y metas, pero un comando de campaña electoral, es mucho más complejo, diverso, amplio, dinámico y grande.
También este escrito tratará de dejar en claro, los términos, categorías y nombres que se le colocan, a los diferentes espacios, comisiones, coordinaciones o núcleos, que forman parte de las comisiones electorales, y de igual manera también explicar, el propósito, función y objetivos, y como en si, funciona su andamiaje organizativo.
Ojo, lo que les dejo aquí, es según mi experiencia y criterio, pudiera ser que a algunos no estén de acuerdo, pero aun así, creo que les puede facilitar muchos asuntos.
*Conformación y responsabilidades de las comisiones electorales y de los núcleos electorales.
Titulo 1A. Descripción de las comisiones electorales.
Artículo. A1. *Cuál es el propósito, tareas o las responsabilidades de una comisión electoral nacional.
Son varias o diferentes las responsabilidades de una comisión electoral nacional, se las enumerare a continuación.
Respetar y hacer cumplir lo acordado y aprobado, en el organismo superior que lo supervisa y controla.
Estar subordinada al organismo superior que la constituyó o creó.
Difundir y cumplir con la estrategia y la táctica electoral, definida por los organismos de dirección.
Mantener informado a todos los militantes de las decisiones tomadas por los organismos de dirección, que tengan que ver con los asuntos electorales.
Crear, fijar y normar, las funciones, tareas y responsabilidades de su funcionamiento, y de todas las demás comisiones electorales y de los núcleos electorales.
Repartirse las diversas responsabilidades de la comisión, entre todos los integrantes de la comisión electoral.
Estar al tanto de todas las elecciones o eventos electorales, que se realizan en Venezuela, e informar a los organismos de dirección, para que dicho organismo, decida si es necesario o no, participar en esas elecciones.
Conocer las normas y reglamentos que rigen, las elecciones en donde se participará.- Leyes electorales, reglamento electoral, manual electoral, cronograma electoral. -
Recopilar todos los datos, censos, informes o estadísticas relacionados con las elecciones, en donde se participe.
Sistematizar toda la información recopilada en las planillas de 1*10.
Presentar un plan de trabajo, línea de acción, o cronograma electoral, enmarcadas en las elecciones donde se participe.
Ayudar a la constitución o creación de las comisiones electorales regionales, municipales y parroquiales.
Ayudar a la constitución o creación de los núcleos electorales en todo los municipios y parroquias.
Dar charlas y talleres a todos los miembros de las comisiones electorales, cada vez se pretenda participar en unas elecciones.
Trabajar en conjunto con todas las comisiones electorales, regionales y municipales.
Fiscalizar y hacer seguimiento a las comisiones electorales, regionales, municipales y parroquiales.
Normar, fiscalizar y hacer seguimiento, a los núcleos electorales. - con el apoyo de las comisiones electorales regionales, municipales y parroquiales.-
Presentar un balance cada vez que concluya el proceso electoral, a toda la militancia.
Artículo. A2. *Estas son las tareas y responsabilidades mínimas, que tiene la comisión electoral nacional, esto como piso para empezar a realizar sus tareas, a este listado de 18, puntos generales, es necesario agregarles 6 puntos, centrales para la operatividad o sistematización de todo lo antes señalado.
*Control y seguimiento.
*Captación.
*Sistematización.
*Capacitación.
*Estadística y balance.
*Actas y cómputos.
Artículo. A3. *Estos 6 puntos centrales están dirigidos o coordinados por los 3 o 7 miembros principales de cada comisión electoral, tanto nacional como estadales, municipales y parroquiales, y el trabajo lo realizan en coordinación y enlace entre ellos mismos, y sujetos a las tareas normas establecidas por el organismo que lo supervisa y de la comisión electoral nacional, y las metas y tareas planteadas en la estrategia y táctica electoral.
Todas estas comisiones, centros de trabajo o coordinaciones, son parte de la organización interna de cada comisión electoral y, por lo tanto, trabajan en conjunto y coordinadas, entre sí, cada una con sus responsabilidades y tareas, pero coordinadas siempre, para que las tareas sean ejecutadas en armonía, por lo tanto, tienen que crear unos mecanismos o herramientas de vinculación y debate, para coordinar todos estos asuntos.
Titulo 2A. Sobre los integrantes de las comisiones electorales.
Artículo. A4. *Quienes forman parte de las comisiones electorales.
Todas las comisiones electorales están conformadas solo por miembros de la organización, movimiento, sindicatos o partido político, que las constituyen, ya que la responsabilidad y el compromiso que esas comisiones y sus tareas tienen, son solo de un nivel o compromiso de un militante.
Artículo. A5. *Quienes nombran los miembros de las comisiones.
Estos cargos son nombrados por los organismos de dirección, de cada movimiento, sindicato y partido político.
En el caso de la comisión electoral nacional, es el organismo de dirección nacional quien lo hace, y en los estados y municipios son los organismos de dirección de esos, estados, municipios y parroquias, quienes nombran los miembros de las comisiones electorales de sus respectivos ámbitos políticos.
Artículo. A6. *Cuanto tiempo duran en estos cargos.
El tiempo de duración en los cargos de dirección en las comisiones electorales, lo define o lo determina el mismo organismo de dirección que los nombró.
Artículo. A7. *Desde que edad, se puede participar en las comisiones electorales.
Esto dependerá de las elecciones en donde se esté participando, si son para un centro de estudiante, para un movimiento o sindicato, también influye su capacidad o experiencia que tengan, en estos asuntos, pero mientras más joven es mejor, desde los 15 años en adelante.
Título 3A. Cuál es el propósito, tareas o las responsabilidades de las comisiones electorales, estadales, municipales y parroquiales.
Artículo. A8. *Las comisiones estadales, municipales y parroquiales, se rigen por las siguientes normas señaladas en el artículo, A1, y sus numerales. 1. 2. 3. 4. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. y 18.
Artículo. A9. *Estas son las tareas y responsabilidades mínimas, que tiene las comisiones electorales, estadales, municipales y parroquiales, esto como piso para empezar a realizar sus tareas, a este listado de 15, puntos generales, es necesario agregarles 6 puntos, centrales para la sistematización de todo esto
.
*Control y seguimiento.
*Captación.
*Sistematización.
*Capacitación.
*Estadística y balance.
*Actas y cómputos.
Artículo. A10. *Estos 6 puntos centrales están dirigidos o coordinados por los 3 o 7 miembros principales de cada comisión electoral, estadal, municipal y parroquial, y el trabajo lo realizan en coordinación y enlace entre ellos mismos, y sujetos a las tareas normas establecidas por la comisión electoral nacional, y las metas y tareas planteadas en la estrategia y táctica electoral.
Artículo. A11. *A los 6 puntos principales, se le anexan 5 puntos o tareas, que son importantes o esenciales para el día de las elecciones, que se aplican a los centros de votación.
*Logística.
*Movilización.
*Información y comunicación.
*Seguridad.
*Actas.
Estos últimos 5 puntos, son de responsabilidad directa de las comisiones electorales, municipales y parroquiales, de no haber constituido o de no estar activa las comisiones electorales, municipales y parroquiales, será la comisión electoral estatal quien se encargue de conformar y organizar este asunto.
Todas estas comisiones, centros de trabajo o coordinaciones, son parte de la organización interna de cada comisión electoral y ,por lo tanto, trabajan en conjunto y coordinadas, entre sí, cada una con sus responsabilidades y tareas, pero coordinadas siempre, para que las tareas sean ejecutadas en armonía, por lo tanto, tienen que crear unos mecanismos o herramientas de vinculación y debate, para coordinar todos estos asuntos.
Título 4A. Sobre los núcleos electorales.
Este asunto de los núcleos electorales, son la base fundamental para la operatividad, de casi todos los asuntos electorales, de las comisiones electorales, municipales y parroquiales, son el vínculo directo de los militantes con las masas.
Por lo tanto, tienen un carácter no solo de vinculación y captación, también de apertura en todos los espacios o tareas que realicen los núcleos electorales, este es el espacio donde todos pueden participar, sin importar su posición política, solo se necesita estar de acuerdo con la propuesta electoral.
Título. 5A. Sobre las personas que son parte de los núcleos electorales.
Artículo. A12. *Quienes coordinan los núcleos electorales.
La coordinación principal o la jefatura política, de cada núcleo electoral, recae en un militante del partido, y todos los de más espacios de organización y trabajo del núcleo electoral, pueden ser ocupados por los simpatizantes y amigos del partido, o por otras personas que estén a favor de la propuesta electoral.
Artículo. A13. *Quienes colocan o designan a los coordinadores principales o la jefatura política, de cada núcleo electoral.
Este asunto lo decide, cada comisión electoral municipal y parroquial, previa notificación a la comisión electoral estatal.
Artículo. A14. *Por cuánto tiempo duran en sus cargos los coordinadores principales de cada núcleo electoral.
Este asunto lo define el organismo que nombra a esos responsables.
Artículo. A15. *Cuántas personas pueden ser parte de un núcleo electoral.
Se conforma un núcleo electoral, con un mínimo de 3 personas, y pueden ser hasta un máximo de 27 personas.
Artículo. A16. *Quienes nombran a los miembros, que serán los adjuntos, o los de apoyo de los núcleos electorales.
Los miembros adjuntos y los de apoyo, los nombran los mismos integrantes de los núcleos electorales, respetando lo aquí señalado.
Artículo. A17. *Desde que edad, se puede participar en los núcleos electorales.
Esto dependerá de las elecciones en donde se esté participando, y el tipo de responsabilidad y experiencia que se tenga, en estos asuntos, pero mientras más joven es mejor, desde los 13 años en adelante.
Artículo. A18. *Los miembros de cada núcleo electoral, sólo pueden participar en un solo núcleo electoral, no se permite, que una persona sea parte de varios núcleos electorales.
Artículo, A19. *Todos los miembros o activistas, permanentes o constantes de los núcleos electorales, deben vivir por el sector o la zona en donde está ubicado o situado el núcleo electoral, y si es, un núcleo electoral de un sindicato, gremio, instituto, federación, mobimento o centro de estudiante, debe hacer vida política y social en ese espacio.
Título. 6A. Sobre las normas internas de trabajo de los núcleos electorales.
Artículo. A20. *Cuál es el espacio o radio de acción de cada núcleo electoral.
1. Este asunto dependerá del sector, zona o sindicato, gremio, institución o centro de estudiantes, donde se ubique o se constituya un núcleo electoral, ya que cada núcleo electoral se constituye o se crea alrededor, o lo más cercano posible, de un centro de votación, cuando las elecciones son par elegir un presidente, gobernador, alcalde o sus legisladores y diputados o concejales.
2. Cuando las elecciones son para elegir los representantes de un sindicato, gremio, instituto o centro de estudiantes, los núcleos electorales se constituyen, por cantidad de votantes, si los votantes son un universo de 100, personas, pues son 5 los núcleos electorales que se deben constituir.
Artículo. A21. *Cuentos núcleos electorales se pueden crear alrededor de un centro de votación.
Mientras más núcleos electorales existan, por cada centro de votación, es mejor, no tiene un límite, pero buscando siempre la posibilidad de constituir los núcleos electorales, en sectores o zonas donde no haya núcleos, ya creados.
Artículo. A22. *Todos los núcleos electorales deben y pueden, crear mecanismos y herramientas de comunicación, entre ellos, para facilitar el trabajo en conjunto, la colaboración y la vinculación entre los núcleos es vital e importante.
Artículo. A23. *Cada 15 días, por lo mínimo los núcleos electorales, pertenecientes al mismo centro de votación, deben reunirse, para realizar balances de las tareas y objetivos trazados, y preparar nuevas tareas y objetivos.
Artículo. A24. *Todos los núcleos electorales deben pasar un balance de sus tareas y actividades, a la comisión electoral de su municipio y parroquia que sean de su sector o zona, cada 15 días por lo mínimo, o cada vez que lo considere necesario la comisión electoral municipal o parroquial de su sector o zona.
Artículo. A25. *Todos los miembros de los núcleos electorales tienen como propósito y tareas principales los siguientes puntos.
Estar al tanto y pendiente de todos los asuntos relacionados con las elecciones.
Realizar reuniones con las comisiones electorales, municipales y parroquiales cada vez que sean necesarias.
Participar en los talleres y foros de aprendizaje y desarrollo, relacionado con lo electoral.
Definir el lugar o la sede del núcleo electoral.
Realizar una acta y agenda, por cada reunión o actividad que coordinen o realicen.
Realizar un mapa territorial, del sector o zona donde el núcleo electoral, realizará su trabajo.
Realizar o hacer un levantamiento del 1*10.
Realizar actividades, como la visita de casa por casa, y puntos de información y volanteos, en su sector o zona.
Promocionar e impulsar en las actividades donde se esté presente, la candidatura, y la metodología del voto.
Motivar a todos las personas interesadas en la propuesta electoral, para que se integren en un núcleo electoral.
Realizar un reconocimiento y balance de las condiciones físicas del centro de votación.
Buscar a los coordinadores y los testigos de los centros de votación.
Realizar cada vez que lo consideren pertinente o necesario, reuniones y asambleas populares con los vecinos o votantes.
Organizar y realizar los talleres de formación y capacitación, para los coordinadores y testigos, de los centros de votación, con los facilitadores o los conocedores de ese asunto.
Conocer la cantidad de personas que votan en el centro de votación y ubicarlas, para convencerlas que voten por nuestra propuesta electoral.
Revisar, el listado de las personas que fueron seleccionadas como miembros de mesa, para las elecciones.
Realizar un presupuesto de cuanto necesitan y que necesitan, para realizar las actividades y para el día de las elecciones. Artículo. A26. Cuando los núcleos electorales son constituidos para las elecciones de un sindicato, gremio, instituto o centro de estudiantes, de igual manera deben cumplir con las normas y tareas aquí señaladas.
Artículo A27. *Los requerimientos del 1*10
El 1*10 permite tener una estadística real, sobre la realidad política electoral, por eso es necesario tomar en cuenta varios asuntos sobre esta materia.
Todos los listados del 1*10 deben tener esta información como mínimo.
Datos de la persona responsable de la planilla, Nombre, Apellido, Número de Cédula, Número de Teléfono, Dirección de Habitación, Edad, Correo Electrónico, fecha y número de la planilla.
Datos que se les solicita a las personas, Nombre, Apellido, Número de Cédula, Número de Teléfono, Dirección de Habitación, Edad, Dirección donde Vota, y en que puede colaborar.
Cada planilla no debe pasar de 15 espacios por persona para llenar.
2. Todos los listados del 1*10 deben ser llenadas por los núcleos electorales en sus respectivos sectores o zonas.
3. Todas las planillas de 1*10 llenadas deben ser entregadas a la comisión electoral regional. -COPIAS-
4. Mientras más planillas llenen, mejor no se tienen un límite de planillas del 1*10, a llenar.
Artículo A28. *La sistematización de las planillas del 1*10.
La información recogida en las planillas del 1*10, se califican o se categorizan de la siguiente manera.
De qué núcleo electoral pertenece la planilla.
En qué fecha fueron llenadas esas planillas.
Cantidad de planillas llenadas por núcleo electoral.
La cantidad de personas anotadas.
Quienes llenaron las planillas.
La categorización de las personas anotadas.
Donde viven.
Donde votan.
Qué conocimiento o experiencia tienen en el trabajo electoral.
En que están dispuestos a colaborar.
Edad.
Teléfono.
Artículo A29. *Como queda claro en los Artículos A27 numeral 2, y el Artículo A28 este asunto del 1*10, es responsabilidad de los núcleos electorales, pero de no haber constituido los núcleos electorales, serán las comisiones electorales estadales, municipales o parroquiales las encargadas de realizar el trabajo de llenado de las planillas del 1*10.
*Con esto creo que dejó en claro algunos asuntos o criterios que se deben manejar, o realizar cuando se pretende constituir un organismo y un andamiaje, que lleve las riendas de lo electoral, dentro de un partido socialista y comunista.
Entendiendo también que todo esto está, hasta cierto punto, relacionado con la realidad política electoral vigente, que está dirigida y conducida por el orden establecido, de los explotadores y opresores capitalistas.
En el próximo escrito o material, me referiré o centraré en el asunto de los comandos de campaña electoral.
Si este documento fue de su interés, puede dar un aporte para seguir investigando sobre otros asuntos que permitan fortalecer este y otros documentos, gracias.
PAYPAL.
Comentarios
Publicar un comentario